Seguramente seas de los que te preguntas si te conviene acceder ya a la situación de jubilado y pensionista o seguir como un ficticio demandante de empleo aunque asimilado al alta.
Son al menos 5 las preguntas que cabe hacerse:
1.- ¿Cuánto dejaré de percibir si la adelanto?
2.- ¿Cuánto tiempo habrá de pasar para que la reducción por el adelanto de mi pensión me empiece a perjudicar?
3.- ¿Cuanto perderé si por jubilarme antes de los 64, la entidad (ahora Caixabank) me niega el pago de aquella cantidad que de jubilarme a esa edad se comprometieron a darme?
4.- Si no lo hago ahora ¿podría sufrir nuevos recortes o perjuicios o mermas que el gobierno o las autoridades implanten ante la precariedad de los fondos de la Seguridad Social?
5.- ¿Qué otras ventajas, exenciones o descuentos obtendré como pensionista?
Te cuento a continuación lo que sobre cada una de estas dudas he podido averiguar.
1.- A la pensión que te corresponda tendrás que deducir un 6% por cada año completo o parcial que te adelantes de los 65 (que es la edad legal que a casi todos nos corresponde). Esta reducción sube de medio en medio punto hasta el 7,5% si has cotizado entre 30 y 34 años solamente. Por lo tanto si tu pension resulta por ejemplo de 3000 euros y tienes 62 años de edad cobrarás, ya de por vida, el 82% de la misma, esto es 14 pagas al año de 2.460 euros brutos. Con una retención a cuenta del IRPF que depende de tus cargas familiares y situacion personal. De media en nuestro caso puede rondar el 12%, lo que supondrá pagas de 1.895 euros. Ten bien en cuenta que si en vez de 2.460 resulta una cifra mayor que supere la pensión máxima vigente, será esta la que cobres, en este 2017 es de 2.165 euros. Siguiendo con este ejemplo (62 años, más de 40 cotizados y pensión resultante de 3.000 euros) se te reduce cada paga en 113,7 euros que por 14 del año supone recibir en el primer año 1.591,8 euros por debajo de la máxima (sin tener en cuenta la deduccion para IRPF).
Nota: Puedes averiguar el importe de tu pension en la web de la seguridad social:
https://sede-tu.seg-social.gob.es/wps/portal/tuss/tuss/Login/!ut/p/a1/04_Sj9CPykssy0xPLMnMz0vMAfGjzOIN3E1MDL0sjLz8Db1cDRxNzHxCDUP8DA28zIEKIkEKcABHA0L6w_Wj8CoxMIMpwG2Fl35Uek5-Eti5kY55ScYW6fpRRalpqUWpRXqlRUDhjJKSgmIrVQNVg_Lycr30_Pz0nFS91GJVA2w6MvKLS_QjUBTqF-RGGGSZ5pT5OCoqAgCns6z2/dl5/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
teniendo certificado digital en tu equipo, DNI electrónico o registrándote en el sistema Cl@ve.
2.- Teniendo en cuenta que al adelantar tu jubilación percibirás ya las 14 pagas de 2.165 € netos de un primer año que ascienden a 30.310 euros, el resultado de dividir esta cifra entre 1.400 euros netos que recibes de menos cada año da el numero de años que tendrán que pasar para que empieces a “perder” dinero por haber adelantado tu jubilación TRES AÑOS. Son 21,5 años, o sea que cuando cumplas 62+21,5=83 años y medio es cuando empezaras a “perder” dinero.
3.- Los sindicatos acordaron con la entidad que ésta pagara lo que yo interpreto como un “alivio” por la pérdida que a algunos supusiera el adelantar un año su jubilación. El “alivio” lo cifraron en la mitad de la diferencia entre el montante anual recibido de indemnizacion segun ERE 6/2011 y la “merma” en la pensión que ese adelanto de un año represente al empleado. ¿Y esto a cuanto asciende?. Envié consulta al servicio de atención al prejubilado de La Caixa y transcribo la respuesta recibida:
… el importe lo calcula Caixabank en el momento de jubilarse con 64 años porque uno de los parámetros que se contempla es la pensión definitiva de la pensión. En concreto, el literal es que se pagará un “complemento equivalente al 50% de la diferencia entre la pensión de jubilación bruta que el trabajador perciba de la Seguridad social y la cantidad neta percibida, en forma de renta o de capital, correspondiente a una anualidad del período de prejubilación. En todo caso, si la anualidad correspondiente al periodo de prejubilación es superior a 45.000 euros netos, se computará, a efectos del cálculo del complemento, ésta última cantidad”
el resumen es que no le podemos concretar, pero si indicarle que la estimación que se había hecho en el momento de la desvinculación es de 3.565,84 , pero insistimos en que es una estimación.
Saludos cordiales,
Oficina de Atención Prejubilados | VidaCaixa Previsión Social
Tel.: 902 023 654 | Fax: 93 272 3022
En definitiva esta “pérdida” adicional si te jubilas antes de los 64 ronda los 3.500 euros, es decir, no llega a dos pagas de tu pensión.
Y ello, en el peor de los casos de que la demanda interpuesta por AJAESOL no prospere.
IMPORTANTE: Tras la publicacion de la primera version de este post han llegado por email comentarios de dos compañeros a los que Caixabank les ha negado este pago aduciendo que la diferencia es cero o a favor del empleado. Es decir, el importe bruto total de las 14 pagas de pension que obtendrá el jubilado en ese primer año de 64 a 65 de edad iguala o supera la cantidad anual recibida como indemnizacion por despido recogida en el ERE. Un ejemplo: Como la mayoria de nosotros optamos a la pension máxima y ésta es ahora de 2.570€ ===> x 14 = 35.980€. Si lo que recibiste de indemnizacion dividido entre los años que te faltaban para cumplir 64 es igual o mayor que 35.980 no te darán nada.
4.- La respuesta a esta duda no puede ser inequívoca ni objetiva. En mi opinión y por los antecedentes y acontecimientos que al respecto se suceden en Europa, el acceder a la situación de pensionista en unas determinadas condiciones NO IMPLICA derecho adquirido intocable en modo alguno. Recientemente en Grecia, su presidente ha reducido muchos gastos entre otros los dedicados a pagar las pensiones. Aqui mismo en España, pactos aparentemente intocables, han sido ignorados y cambiados. Todo ello, implica, a mi entender, que el acceder a pensionista antes no supone ventaja alguna en cuanto a asegurarse cifras o condiciones no modificables.
5.- Según sean tus circunstancias personales cabe que, además de todo lo anterior, te convenga considerar otras ventajas, ingresos, o ahorros que te provengan de tu nueva condicion de pensionista. Entre ellos cabe citar el gasto en medicamentos. Actualmente estamos pagandolos en función de nuestro nivel de ingresos en el IRPF. Con renta de 1 a 18.000 € anual pagamos el 40% de los medicamentos excepto algunos para crónicos como la insulina. Para algunos esto puede suponer un dinero al año. Como pensionista pagarás un máximo de 18,52€ cada mes si tu renta supera los 18.000 que es el caso de la mayoria de nosotros.
Plazo para solicitar la jubilación
Si decides jubilarte a una edad determinada tienes 3 meses antes y 3 después de cumplirla para solicitarlo. Lo puedes hacer personandote previa cita en cualquier oficina del INSS previa cita a solicitar llamando al 901106570 o en Internet:
https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/cita%20previa%20para%20pensiones%20y%20otras%20prestaciones/13cita%20previa%20para%20pensiones%20y%20otras%20prestaciones/!ut/p/z1/zVNNU8IwEP0reODYyaYp_TgWx6kghUGmQHNx0jaRqKSljSj-elNkxoNjHYaLOSSTl933dndeEEVrRBXby0emZanYi7mn1H0g2HVwAHgSwegGwiS-SwIyJ5HtotUxAH5ZISD6ez4E-JTfEUC79ZeIIporXekNShte8Ie8VJorWZRNH1qgD7l8LVjBVIvkUrNeVfO9NAerzcZVY3rlTe_QK3XNmva10Sw_gn3A5MyUtqAqlwVKg8wVduY5ViZAWI5HuMWcAbFczoQQmS14HnQPoO2Qds931ep1jRBOAR0cqanB-2YAiAycDGGxBBtDRNBqL_kbSlRZb40pFme2ePtDIcLzQasw80f3cwy-d6HCF_1g5gMegz0BN_YhDOaLZDLFBDznQvrxXy4030Q-7XY0NF5s7feu0fp_mNFUZtfxdfxoGmZ6Y0klSrQ-m-V84WqbJFufHKxnEd8QJx3vP4ZTi2aHt_DqE5SeNQk!/dz/d5/L2dBISEvZ0FBIS9nQSEh/
Si la pides en los tres meses anteriores el expediente de solicitud lo dejan archivado a la espera de que llegue la fecha de tu cumpleaños. Si la pides en los tres meses siguientes puedes elegir que se inicie a la fecha de solicitud o que se retrotraiga a la fecha de tu cumpleaños.